FAQS

Desde el año 2001 venimos dedicándonos a la Gestión, Contratación y Tramitación de todo tipo de documentación relativa a la propiedad de bienes inmuebles.

Faqs

Nuestras oficinas están en el área de la Costa Blanca. Estaremos encantados de serles de utilidad. Por favor rellene el formulario y en breve responderemos a su inquietud.

NÚMERO NIE
Todos los extranjeros con cualquier tipo de obligación fiscal en España (por ejemplo, al comprar una propiedad) deben obtener un número de identificación de extranjero, denominado NIE (Número de Identificación de Extranjero). Los números NIE son emitidos por el Departamento de Extranjeros y la Policía Nacional, y se convierten en el número fiscal del titular en España.
Necesitará este número cuando compre una propiedad o un automóvil, y para prácticamente cualquier otra transacción que desee realizar en España.
Por lo tanto, es vital que obtenga su número de NIE como una cuestión prioritaria. Tenga en cuenta que no es posible completar la compra de una propiedad a su nombre sin presentar este documento original en un notario.

TÍTULOS DE PROPIEDAD
Los títulos de propiedad contienen una descripción detallada de la propiedad, la identidad de las partes, así como otras condiciones de la compraventa y el precio de la propiedad; firmado por todas las partes involucradas ante un notario. El notario es una persona jurídica altamente calificada que autentica los documentos legales y establece en el registro público que los títulos se han firmado en su presencia.
Finalmente, los títulos de propiedad deben estar inscritos en el registro de propiedad local. Esto toma varias semanas desde la fecha de finalización de los títulos de propiedad en el Notario.

IMPUESTOS PARA LOS RESIDENTES QUE VENDEN UNA PROPIEDAD
Hay dos obligaciones fiscales sobre las ventas de propiedades:
• Impuesto sobre las ganancias de capital
El impuesto a las ganancias de capital vence en los beneficios obtenidos en todas las ventas de propiedades en España. Clasificado como Residente es un residente fiscal de España (es decir, un contribuyente que vive más de 185 días en España al año).
El impuesto a las ganancias de capital para los residentes se cobra a un máximo del 19% de la ganancia de venta, después del primer año de propiedad. Hay variables adicionales que afectan el cálculo final para los residentes.
Las exenciones del impuesto a las ganancias de capital se aplican a:
– Los residentes mayores de 65 años que hayan vivido en la propiedad como su residencia principal durante un mínimo de 3 años.
– Cualquier residente reinvirtiendo todas las ganancias de las ventas de su residencia principal (donde ha vivido durante un mínimo de 3 años) en otra propiedad española que será su nueva residencia principal (con una exención proporcional si una parte se vuelve a invertir)
Recuerde que debido a que los impuestos españoles se pagan con vencimiento a un año (el año fiscal en España es de enero a diciembre), los detalles de la venta de su propiedad se declaran en la declaración anual de impuestos del mes siguiente de mayo / junio.
• Plus Valía
Este impuesto se cobra sobre el aumento en el valor tasado oficial del suelo, en lugar del valor de mercado, ya que el inmueble fue vendido por última vez. La tasa puede variar según la ubicación, el tamaño de la tierra y el tiempo transcurrido desde la última transferencia de propiedad. Este impuesto se aplica a las propiedades nuevas y de reventa.

IMPUESTOS PARA NO RESIDENTES VENDER UNA PROPIEDAD
Hay dos impuestos sobre la venta de propiedades:
• Impuesto sobre las ganancias de capital
El impuesto a las ganancias de capital vence en los beneficios obtenidos en todas las ventas de propiedades en España. Hay un 3% inicial del precio de venta actual retenido por el abogado / banco que actúa en nombre del comprador y se paga a la Agencia Tributaria española. Por lo tanto, el vendedor recibe el 97% del precio acordado. El 3% restante es un depósito contra el impuesto a las ganancias de capital.
La tasa del impuesto a las ganancias de capital se establece por ley, calculada sobre los beneficios obtenidos de la venta. Para calcular esta ganancia, tomamos en cuenta su precio de compra original y luego algunos de los costos en los que incurrió en la compra, para prepararlo en un resultado más ventajoso.
Además, ciertos costos de modificaciones estructurales importantes que haya realizado en la propiedad se pueden deducir, pero solo si puede presentar el recibo de IVA formal.
El 3% retenido por la Oficina de Impuestos se puede reclamar cuando el resultado es que no se obtienen beneficios, y cuando el contribuyente está al día con sus obligaciones fiscales en España.
• Plus Valía
Este impuesto se cobra sobre el aumento en el valor tasado oficial del suelo, en lugar del valor de mercado, ya que el inmueble fue vendido por última vez. La tasa puede variar según la ubicación, el tamaño de la tierra y el tiempo transcurrido desde la última transferencia de propiedad. Este impuesto se aplica a las propiedades nuevas y de reventa.

IMPUESTO NO RESIDENTE (Impuesto a la renta)
El propietario (s) que ocupa una vivienda para uso personal debe presentar un formulario de declaración de impuestos simplificado para presentar la declaración de impuestos para:
-Impuesto de propiedad del valor de la vivienda (actualmente 100% subsidiado)
-Impuited Income Tax para los ingresos estimados de la vivienda.
El formulario fiscal que se utilizará es el formulario número 210: Declaración simplificada de impuestos para no residentes en el caso de una vivienda para el uso personal del contribuyente.
El pasivo entra en vigencia una vez al año el 31 de diciembre y tiene en cuenta cuántos días se ha tenido la propiedad durante ese año.
Período de presentación: el año calendario inmediatamente posterior al que se refiere el impuesto.
Lugar de presentación: a la Delegación Provincial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente, donde se encuentra la propiedad.

CONSEJO DE IMPUESTOS / IBI (A través de la oficina de SUMA en la provincia de Alicante)
Esta es una tasa local que requiere el municipio local de todos los propietarios de bienes inmuebles.
Cada propiedad en cada municipio se incluye en un censo y se le asigna un valor (Valor catastral). Con base en el valor catastral y en una escala impositiva establecida por el municipio, se obtiene el monto a pagar.
Período de evaluación: Anualmente, para cada propiedad incluida en el censo, el municipio envía un recibo por el monto adeudado.
Periodo de pago: el período de pago varía según el municipio, pero generalmente es alrededor de los meses de agosto, septiembre y octubre de cada año.